Funciones de un Ayuntamiento de España

Cuáles son las funciones de un Ayuntamiento

Como entidad pública, la misión de un Ayuntamiento tiene una amplia cantidad de tareas a desempeñar. Se trata de una organización que se destaca por tener una personalidad jurídica plena, por lo que su administración depende exclusivamente de los delegados que decreta la legislación española a través de lo estipulado por la Jefatura del Estado.

Por eso, el Ayuntamiento tiene diversas potestades, algunas de éstas son:

 

  • Tributaria y financiera.

 

    • Programación y/o planificación.
    • Ejecución forzosa y sancionadora.
    • Legitimidad y ejecutividad de sus actos.

 

  • Reglamentaria y Autoorganización.

 

Cuando un Ayuntamiento tiene este tipo de potestades, toda su estructura legislativa puede ser única y original. Por ejemplo, en el campo de lo tributario y financiero, este organismo de control puede establecer sus propios impuestos y definir el modo de administración de los ingresos percibidos.

Por su parte, la potestad relacionada con el aspecto reglamentario y autoorganización se enfoca en todo lo relativo a sus propias legislaciones. Esto quiere decir que un Ayuntamiento puede establecer sanciones que en otros territorios de España no tendrían ningún tipo de connotación.

Todas estas funciones deben cumplirse, siempre y cuando no violen los derechos generales que están estipulados por la Constitución española de 1978. Igualmente, el Ayuntamiento tiene la responsabilidad de cumplir con sus obligaciones, tanto para la Comunidad Autónoma a la que pertenece, como también a los órganos administrativos determinados por Hacienda.

El índice poblacional y las funciones del Ayuntamiento

La gestión y administración que representa un Ayuntamiento dependen en relación a su número de habitantes, ya que lógicamente el índice poblacional define la dimensión del espacio urbano y/o rural en el cual habita una comunidad determinada. La normatividad y funciones que debe cumplir el Ayuntamiento se deriva del Artículo 26 de la Ley 7/1985 de abril 2.

En ésta se puede leer que:

Todos los municipios deben contar con una infraestructura donde se les responda a sus habitantes en el aspecto del alumbrado público, limpieza de las vías, aprovisionamiento de agua potable, alcantarillado, recolección de basuras, pavimentación de las vías públicas y acceso los núcleos de población, como también contar con cementerio.

Pero además de esto se generan las siguientes directrices:

  • Los municipios con una población superior a 5.000 habitantes, deben contar también con parque público, biblioteca y sistema de tratamiento de residuos.
  • Para los municipios con una población superior a las 20.000 personas, se debe ofrecer además una cobertura en: “protección civil, evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social, prevención y extinción de incendios e instalaciones deportivas de uso público”.
  • Y a los municipios con una población superior a 50.000 habitantes, además de todo lo anterior se debe responder en materia de “transporte colectivo urbano de viajeros y medioambiente urbano”.

Las funciones que por ley debe cumplir el Ayuntamiento

De acuerdo al Artículo 26 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, existe una diversidad de aspectos en concreto que debe satisfacer esta entidad para toda la sociedad. Estos aspectos se encuentran sintetizados en un literal que va desde la A hasta la Ñ. He aquí un acercamiento a cada uno de estos.

Urbanismo: se debe cumplir y hacer seguimiento al planeamiento, la ejecución de obras y la gestión de las mismas. Igualmente tiene la misión de proteger el Patrimonio Histórico y asegurar la gestión de vivienda, con el fin de realizar una protección pública en términos de sostenibilidad financiera.

También se debe ocupar en la conservación y rehabilitación de las edificaciones.

Medioambiente urbano: el Ayuntamiento debe garantizar que los jardines públicos, parques y zonas verdes estén al margen de la contaminación, ya sea por residuos, iluminación o cuestiones atmosféricas.

Acueducto: abastecer agua potable a cada vivienda y realizar un tratamiento de las aguas residuales.

Infraestructura vial: esto implica el desarrollo de pavimentación de vías y uso de otros equipamientos estructurales.

Evaluar las condiciones sociales: esto se realiza con el fin de garantizar la inclusión social y estudiar los riesgos a los que se expone la población.

Protección civil: gestión que se da a través de la policía local y entidades de prevención como lo son los bomberos, entre otros.

Movilidad: garantizar un sistema vial optimizado a favor de un tráfico vehicular fluido, como también todo lo relativo al servicio de transporte colectivo urbano.

Información y promoción turística: gestar opciones para favorecer el entretenimiento y la actividad turística a nivel local.

Actividades comerciales: promover actividades como ferias y habilitar el sistema económico relacionado con abastos, mercado, lonjas y comercio ambulante.

Salubridad pública: garantizar a la población el acceso a sistemas de salud y prevención.

Servicios funerarios: garantizar que los habitantes contarán con disponibilidad de funerarias, gestión de sepelios y, naturalmente, cementerios.

Gestiones deportivas: ofrecer a la población actividades relacionadas con el deporte y el aprovechamiento del tiempo libre, como lo son los torneos locales e institucionales. Esto implica también el desarrollo de instalaciones para dichos deportes.

Gestión cultural: ofrecer programas de formación cultural, al igual que dar espacio para la presentación de actividades de interés como obras de teatro, conciertos de música, exposiciones de arte, danza, entre otros.

Educación: involucrarse en el cumplimiento de la formación y escolaridad obligatoria, como también en la gestión necesaria para la construcción de centros educativos. La responsabilidad se extiende a la “conservación, mantenimiento y vigilancia” de los centros dedicados a la educación infantil y la formación primaria, como también lo relativos a planes de educación especial.

Telecomunicaciones: garantizar el acceso a los recursos de tecnologías de la información y comunicaciones, permitiendo que se haga un uso excelente de dichos recursos.